In Seguridad y Movilidad

Patines eléctricos, bicicletas con motor o ciclos no pueden circular por acerados salvo en zonas peatonales o carriles bici. La concejal de seguridad ciudadana, Ana Belén Mazarro, ha aclarado que si bien la normativa municipal no lo regula de forma específica ya se trabaja en su inclusión en la nueva ordenanza de movilidad, tráfico y transportes.

En este sentido indicó que los vehículos clasificados VMP, de clasificación A-B-C0-C1-C2, tienen prohibida su circulación por acerados salvo por carriles bici o aceras o zonas peatonales, como el Centro Comercial Abierto, a velocidad de peatón respetando una distancia mínima de un metro. En ningún caso, podrán circular por zonas de ocio, recreo o descanso donde exista afluencia de niños o mayores y en aquellas vías o zonas que pongan en peligro el tráfico peatonal, conforme a la Instrucción de la DGT 16/V-124.

Vehículos y juguetes que no pueden circular por acerados

En concreto la prohibición se extiende a juguetes como patines o monopatines eléctricos propulsados autoequilibrantes; vehículos de movilidad personal patines eléctricos cuya masa es igual o inferior a 50 kilos;ciclos de dos o más ruedas; ciclos de dos o más ruedas de dos plazas; ciclos de más de dos ruedas para transportar carga o mercancía muy ligera y bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor debe ser igual o inferior a 250 watios de potencia y cuya velocidad de pedaleo es de 25 kms/horas o ciclos con una potencia superior a los 2.000 watios y que no sobrepasen los 45 kms/hora y su potencia real debe ser igual o inferior a 4.000 watios.

Reforzar la seguridad vial

Hasta la fecha no se ha registrado ningún incidente grave en Puertollano con este tipo de vehículos, pero dada el incremento de su presencia en las vías públicas es necesario aumentar las medidas de mejora de la seguridad vial con el objetivo de evitar posibles accidentes.

La exclusividad del peatón en los espacios peatonales y la prohibición de circular o de estacionar cualquier elemento o vehículo de transporte en estos espacios, lleva a la necesidad de alcanzar un equilibrio eficaz y establecer una relación entre “espacios y modos de desplazamiento”, sobre todo desde la incorporación de vehículos de movilidad personal de tracción humana (VMPH) y vehículos de movilidad personal motorizados (VMPM).

Inmovilización de los vehículos

La Policía Local cuando observe algún tipo de vehículo con las especificaciones descritas podrá proceder a su inmovilización en aplicación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, independientemente de la denuncias por infracciones a la Ordenanza de Tráfico respecto a la utilización de casco y otras infracciones contempladas en la misma.

Recomendaciones de uso

De igual manera la Policía Local recomienda a los usuarios que un vehículo VPM no es un juguete y que se abstengan de meterse en el tráfico o vías prohibidas si no tiene la suficiente experiencia, se controle la velocidad y utilice los elementos de seguridad y protección obligatorios.

Además recuerda que se tenga la máxima prevención a la hora de regalarlo a un menor ya que su uso debe hacerse bajo supervisión y en lugares establecidos y sin peligro.

Para aclarar dudas, o acceder a normativa respecto a este tipo de vehículos se puede hacer en www.policiadetrafico@puertollano.es.

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