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PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO. CRITERIOS GENERALES
Título del Plan: Plan de Control Tributario 2025.
Tipo de Plan: Anual/Departamental/Operativo.
Fecha de aprobación: 8 de abril de 2025.
Plazo de ejecución: Anual.
Materia: Tributaria.
Actividades previstas: Se concretan en el propio Plan.
Presupuesto: No procede.
Sistema de evaluación: No procede.

Resumen: Este Plan de Control y los Planes de Inspección que lo desarrolla, se establecen en cumplimiento del artículo 116 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria determina lo
siguiente: “La Administración Tributaria elaborará anualmente un Plan de Control Tributario que tendrá carácter reservado, aunque ello no impedirá que se hagan públicos los criterios generales que lo informen”.

Dicho Plan se concreta fundamentalmente en las siguientes medidas:

  • Información y asistencia al contribuyente.
  •  Actuaciones de inspección tributaria:
    • En cuanto al Impuesto de Actividades Económicas, y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, serán de aplicación los criterios fijados en los planos
      aprobados y vigentes de la Excma. Diputación Provincial de Ciudad Real.
    • En lo que se refiere al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, se comprobarán las solicitudes de licencias o declaraciones responsables.
    • En cuanto a las tasas, se realizaran cruces entre los distintos padrones de estas, con el padrón del IBI, conjuntamente con labores de campo para evitar omisiones o errores en los padrones
      actuales.
    • Dichas actuaciones comenzarán con inspecciones de actuaciones realizadas en el año 2021, para evitar la prescripción del hecho imponible que genera el tributo.
  • Iniciativas de coordinación, colaboración e intercambio de información.

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