In Grupo Ciudadanos

Desde el Grupo Municipal Ciudadanos Puertollano, compartimos con todo aquel que pueda interesarle, el Decreto 14/2020, de 12 de mayo, de concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo, cofinanciables en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, publicado en el Diario Oficial de Castilla La Mancha del día 14 de mayo de 2020.

El Plazo de presentación de solicitudes es desde el viernes 15 de mayo de 2020 al lunes 15 de junio de 2020.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en C-LM, y en las que concurran alguna de las dos siguientes circunstancias:

a) Que se hayan visto obligadas a la suspensión de su actividad económica conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

b) Que, no habiendo suspendido la actividad económica desarrollada, las personas autónomas trabajadoras o microempresas haya sufrido una reducción de su facturación en el mes natural anterior a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha de al menos el 60%, en relación con el mismo mes del ejercicio anterior.

Requisitos:

  • Los requisitos para obtener la condición beneficiarios son los indicados en el artículo 4 del Decreto de concesión directa de subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas y microempresas afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.
  • Los beneficiarios, en su caso, deberán cumplir con las obligaciones indicadas en el artículo 12 del citado Decreto.
  • La persona beneficiaria estará obligada a facilitar las comprobaciones que garanticen la correcta realización de las actuaciones objeto de subvención. Asimismo, estará sometida a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como al control financiero de la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, o de cualquier órgano, nacional o de la Unión Europea.

Importe:

La cuantía de la subvención a recibir por cada persona beneficiaria tendrá en cuenta las líneas de subvenciones y el número de trabajadores equivalentes a tiempo completo que tenían en la fecha de presentación de la solicitud, de la forma siguiente:

  1. En el caso de personas autónomas sin asalariados, la cuantía de la subvención para las personas trabajadoras autónomas sin asalariados será de 1.500 euros.
  2. En el supuesto de solicitantes microempresas, la cuantía de la subvención para las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, será de:
  3. 1º. 2.200 euros para las microempresas con hasta cinco trabajadores equivalentes a tiempo completo.
  4. 2º. 3.000 euros para las microempresas de más de cinco y menos de diez trabajadores equivalentes a tiempo completo.

Criterios:

Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación de estas, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos, siempre que la solicitud a aportar esté completa, y hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Documentación a aportar:

En el caso de personas autónomas sin asalariados:

  • Documentación acreditativa, en su caso, de la representación del firmante, cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante poder notarial, declaración en comparecencia personal del interesado, o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

En el supuesto de solicitantes microempresas:

  • Documentación acreditativa, en su caso, de la representación del firmante cuando el solicitante fuere persona jurídica, o cuando se formule la solicitud por persona distinta al interesado, mediante escritura pública, declaración en comparecencia personal del interesado, o por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.

Lugar de presentación:

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha para cada tipología de solicitante:

  • Anexo I en el supuesto de personas autónomas sin asalariados
  • Anexo II en el supuesto de solicitantes microempresas

Modelos del Trámite:

Información Adicional:

Para cualquier aclaración pueden obtener información en las oficinas adelante empresas: https://adelante-empresas.castillalamancha.es/adelante/oficinas

Tramitación: https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/LD6

En el siguiente enlace, os dejamos el decreto completo. https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2020/05/14/pdf/2020_2948.pdf&tipo=rutaDocm

Conforme nuestro Grupo tenga conocimiento de más ayudas, os iremos informado de ellas.

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