Queremos que ejerzas tu derecho a relacionarte y comunicarte por medios electrónicos con la administración pública.
Para ello ponemos a tu disposición una sede administrativa electrónica, para que lo hagas con las mismas garantías que si lo hicieras presencialmente.
Normativa sobre la sede electrónica.
- Ley Estatal 39/2015, de 1 de octubre.
- Ley Estatal 40/2015, de 1 de octubre.
Un certificado digital es un documento que contiene sus datos identificativos y que le permitirá identificarse en Internet e intercambiar información con organismos garantizando con seguridad su identidad.
Para solicitar su certificado deberá realizar los siguiente pasos:
- Solicitar el certificado digital en su ordenador personal.
- Pedir cita y personarse en las oficinas de la Agencia Tributaria o en la Tesorería de la Seguridad Social con el correo electrónico que la FNMT ( Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) le haya enviado junto a su documento de identificación (DNI o NIE) con el fin de acreditar la identidad.
- Descargar en el mismo ordenador personal donde efectuó la solicitud el certificado, una vez que la FNMT le notifique por correo electrónico la disponibilidad del mismo.
- Como paso opcional, exportar el certificado digital para tener copia de seguridad.
... Comenzamos?
Puede consultar el manual disponible más abajo y acceder a la FNMT a través del siguiente botón para iniciar el proceso de solicitud.
02
TRÁMITES
Todo lo que puedes hacer.
Registro telemático, facturación electrónica, reserva de instalaciones deportivas, consulta de expedientes, verificar documentos…
02.1
REGISTRO TELEMÁTICO
Solicitudes y escritos.
MUY IMPORTANTE
En caso de que el escrito o solicitud a registrar vayan dirigidos al departamento de Urbanismo, y siempre que estos se traten de procedimientos específicos de los tipos contemplados en la tabla Impresos, Licencias y Expedientes dentro del cuadro «documentos de interés» de la sección de Urbanismo de nuestra Web Municipal, será totalmente obligatorio el uso de estos documentos normalizados para su presentación mediante el registro telemático.
PASOS PARA ENVIAR
El Ayuntamiento de Puertollano, en colaboración con la Diputación Provincial de Ciudad Real, pone a disposición el Registro Telemático.
La solicitud lleva asociado un formulario en el que se permite informar un texto acerca de la exposición del escrito, así como la solicitud. Se permite adjuntar documentos (PDF,ZIP,WORD)
Se requiere por parte del ciudadano una firma electrónica a través de un certificado reconocido con objeto de acreditar la identidad.
Tras rellenar los campos en cuestión (algunos de ellos automáticamente al incorporar el certificado electrónico) el siguiente paso es firmar y enviar dicho formulario.
Para consultar los registros presentados mediante esta sede:
ACUSE DE RECIBO
El ciudadano recibirá un «Acuse de recibo” a traves de un correo electrónico que se emitirá automáticamente, un recibo firmado electrónicamente con el siguiente contenido:
- El número o código de registro individualizado.
- La fecha y hora de presentación.
- La copia del escrito, comunicación o solicitud presentada, siendo admisible a estos efectos la reproducción literal de los datos introducidos en el formulario de presentación.
- En su caso, la enumeración y denominación de los documentos adjuntos al formulario de presentación o documento presentado.
02.2
REGISTRO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
Registro General para cualquier Administración Publica
QUE ES
El Registro Electrónico General de la Administración General del Estado es un registro para la presentación de documentos para su tramitación con destino a cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Además a través del Registro Electrónico se podrán presentar documentos para su remisión telemática a otras Administraciones Públicas (Comunidades Autónomas, Entidades Locales, etc.) que estén integradas en el Sistema de Interconexión de Registros
Para realizar el registro debes disponer de DNI electrónico ocertificado electrónico
en vigor.
Para mas información haz Click aquí.
DONDE PUEDO HACERLO PRESENCIALMENTE
Sede Electrónica de Punto de Acceso General
Oficinas de Registro Presencial del Registro Electrónico General en Puertollano: (ver Mapa)
- Correos , Calle Torrecilla 6-10
- Registro de la Agencia Tributaria en Calle Goya 2
- Oficina de Empleo (SEPECAM) en Calle Pablo Neruda 8
- Centro de Atención e Información de la Seguridad Social en Calle Cuadro 44
- Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Puertollano
Además en:
- Oficina 060 de la calle María de Molina, 50 (Madrid)
- Oficinas 060 de Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
CÓMO PRESENTAR LAS FACTURAS.
La presentación de facturas electrónicas al Ayuntamiento de Puertollano se debe realizar, en todo caso, a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (FACe) del MinHAP.
Es preceptivo el uso de firma electrónica. Además, es imprescindible indicar en el fichero de factura los Centros Administrativos responsables del Ayuntamiento de Puertollano.
02.3
FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
Acceso a la Plataforma (FACe) que utiliza el Ayuntamiento de Puertollano para la presentación segura de Facturas Electrónicas.
Datos DIR3 para Facturar al Ayuntamiento de Puertollano y Entidades Dependientes.
Ayuntamiento de Puertollano.
- Oficina Contable / Receptor – Intervención – L01130718.
- Órgano Gestor / Fiscal – Intervención – L01130718.
- Unidad Tramitadora / Pagador – Tesorería – L01130718.
Patronato Municipal de Deportes de Puertollano.
- Oficina Contable / Receptor – Intervención – LA0007996.
- Órgano Gestor / Fiscal – Intervención – LA0007996.
- Unidad Tramitadora / Pagador – Tesorería – LA0007996.
02.4
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Reserva tu pista.
02.5
PORTAL DEL CONCEJAL
Órganos colegiados.
02.6
CONSULTA DE NOTIFICACIONES
en la Carpeta Ciudadana.
La regulación de los medios electrónicos contenidos en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han entrado en vigor el día 2 de octubre de 2016.
En la nueva ordenación de los medios electrónicos en el procedimiento administrativo común, adquiere especial relevancia los cambios relativos a los sujetos obligados a comunicarse electrónicamente con la Administración, el expediente electrónico, las notificaciones electrónicas, los sistemas de identificación y firma y los documentos aportados por los interesados.