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El Pleno de la Corporación municipal de Puertollano celebrado este miércoles día 26 de julio, en votación ordinaria y por unanimidad, acordó aprobar la designación como días de Fiestas Locales para el año 2018 los días 4 de mayo y 8 de septiembre. De ese acuerdo se dará traslado, para su conocimiento y efectos oportunos, a la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha  y a las concejalías y departamentos municipales correspondientes.

El informe elaborado por el técnico municipal de Participación Ciudadana, en referencia al escrito presentado por la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el que solicitaba al Ayuntamiento de Puertollano certificado del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en el que se designen los días de Fiestas Locales para el año 2018, exponía que el día 30 de junio de 2017 se celebró una reunión en el Ayuntamiento de Puertollano, bajo la coordinación de la Concejal Delegada de Educación, Cultura y Festejos, a la que asistieron representantes de las siguientes entidades: UGT, FEPU (Federación Empresarios de Puertollano), Grupos Municipales del Partido Popular e Izquierda Unida, Coordinador Municipal de Festejos, Presidente de la FASVEP (Federación de Asociaciones de Vecinos de Puertollano). En dicha reunión, y por unanimidad, se propusieron como días de Fiestas Locales para el año 2018 las fechas del 4 de mayo y 8 de septiembre.

Posteriormente, la Comisión Informativa de Servicios a la Ciudadanía, en reunión celebrada el día 11 de julio, dictaminó favorablemente, por unanimidad, llevar la anterior propuesta, para su aprobación, al Pleno Municipal que ayer se celebró.

Contra este acuerdo sobre las Fiestas Locales se podrá interponer Recurso potestativo de Reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha adoptado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere oportuno interponer.

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